viernes, 22 de noviembre de 2013

viernes, 1 de noviembre de 2013

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Software Libre

Cuestionario de Software Libre

*   El Software es un programa, un conjunto de instrucciones almacenadas que una maquina ejecuta. 


 *  En Gran Bretaña de 1710, el parlamento aprueba el estatuto de la reina Anna Regine la primera norma sobre él ©, la ley establece que todas las obras publicadas gozan de derechos de explotación por un lapso de 14 años, renovable por una vez si el actor sigue con vida.


*   Software privativo: es un instrumento para que él someta a la gente, es un sistema de poder en justo.


*
Software libre: si los usuarios tienen libertades esenciales efectivamente tienen el control del programa.

 *Libertad de usarlo con cualquier.


 *Libertad de estudiar como el software funciona y adaptarlo a las propias.


*La libertad de distribuir ese software a otros.


viernes, 13 de septiembre de 2013

Tuyo_mio_nuestro_común

Como usar lo que está en internet
1)   Establece la diferencia entre gratuito y de uso libre
2)   ¿Por qué no puedo usar libremente lo que está en internet? Explica el concepto de propiedad intelectual
3)   ¿Que son los derechos de autor, morales y patrimoniales?
4)   ¿Cómo se puede hacer respetar la propiedad intelectual?
5)   ¿Cuáles son las combinaciones que producen las licencia creative commons?
6)   ¿Cómo puedo obtenerlas?
7)   ¿Dónde encontrar contenidos creative commons?

1)   Posiblemente el motivo del error se encuentre en la confusión entre gratuito y de uso libre: los contenidos disponibles en Internet son mayoritariamente gratuitos, pero eso no quiere decir que se puedan utilizar libremente para cualquier fin.

2)   Si algo es de mi propiedad es porque no es propiedad de otros: si yo tengo un campo es porque no lo tienen otros, si le pongo un vallado impido que otros puedan entrar en él, si se lo cedo a otros deja de ser de mi propiedad, Sin embargo, si hablamos de un producto intelectual estamos refiriéndonos a algo inmaterial.

3)   Derechos morales: Los titulares de los mismos son el autor o autora y sus herederos y no son transmisibles a terceras personas. Como podemos comprobar en la descripción que se ofrece a continuación, no son derechos que tengan que ver con la generación de beneficios económicos.
Derechos patrimoniales: En este grupo se incluyen aquellos derechos relacionados con la obtención de beneficios a partir de la obra intelectual. Aunque podrían estar en poder del autor, lo habitual es que los detenten terceras personas, porque en este caso, a diferencia de los derechos morales, sí son transmisibles.
Derecho del autor: Conjunto de derechos que protegen al autor de una obra original y a otra serie de personas o entidades conexas, tales como intérpretes, ejecutantes, productoras o radiodifusoras. Según la legislación actual, tienen una duración de 70 años a partir del fallecimiento del autor.
4)   La primera solución es solicitar el permiso a los autores para utilizar sus obras. La segunda solución pasa porque sepamos que hay muchas obras de todo tipo que podemos utilizar sin pedir permiso porque ¡el permiso ya está concedido! Se trata de obras cuyos autores han considerado que es bueno compartirlas con los demás y permitirles que las reutilicen.
5)   Las licencias Creative Commons se basan en la combinación entre las siguientes condiciones: Atribución (Attribution): En cualquier explotación de la obra autorizada por la licencia será necesario reconocer la autoría (obligatoria en todos los casos).
©      No Comercial (Non commercial): La explotación de la obra queda limitada a usos no comerciales.
©      Sin obras derivadas (No Derivate Works): La autorización para explotar la obra no incluye la posibilidad de crear una obra derivada.
©      Compartir Igual (Share alike): La explotación autorizada incluye la creación de obras derivadas siempre que mantengan la misma licencia al ser divulgadas.
6)   Las licencias son textos legales en los que cualquier autor puede permitir determinados usos de su obra bajo ciertas condiciones y requerimientos. Esta autorización se concede a priori y si se quiere hacer algún uso no expresamente autorizado, entonces habrá que pedirlo. Es una alternativa a “todos los derechos reservados”.
7)   El buscador de Creative Commons

Pero no ahí que olvidarse una condición importantísima: estas obteniendo gratuitamente recursos que han elaborado otros y tenes la obligación de respetar los términos de la licencia, esto es, citar siempre al autor y respetar las otras condiciones que haya establecido sobre la modificación o la forma de compartir las obras derivadas. Ejemplo: Conseguir música libre: http://www.jamendo.com , http://www.opsound.org , http://www.soundbible.com .

Mural

http://mrl.li/17V3jg9

viernes, 23 de agosto de 2013

Cyberbullying

¿Que es el cyberbullying?
El Cyberbullying (también llamado ciberacoso) es el uso de información electrónica y medios de comunicación tales como correo electrónico, redes sociales, blogs, mensajería instantánea, mensajes de texto, teléfonos móviles, y websites difamatorios para acosar a un individuo o grupo, mediante ataques personales u otros medios. Puede constituir un delito penal. El ciberacoso es voluntarioso e implica un daño recurrente y repetitivo infligido a través del medio del texto electrónico. Según R.B. Standler el acoso pretende causar angustia emocional, preocupación, y no tiene propósito legítimo para la elección de comunicaciones. El ciberacoso puede ser tan simple como continuar mandando e-mails a alguien que ha dicho que no quiere permanecer en contacto con el remitente. El ciberacoso puede también incluir amenazas, connotaciones sexuales, etiquetas peyorativas.

Glosario:
Websites: Sitio de web.
Difamatorio: Es la comunicación a una o mas personas con ánimo de dañar, de una acusación que se hace  a otra persona física o moral de un hecho, determinado o indeterminado, que pueda causar o cause a esta un menoscabo en su honor, dignidad o reputación.
Peyorativo: Es el uso del lenguaje con una finalidad negativa para lo que se designa.


Caso De Cyberbullyng:
Romina Perrone, estudiante de 10 años en un colegio del barrio bonaerense de Villa Urquiza, tuvo que sufrir que una compañera de clase Cleopatra Loyacono crease un grupo en Facebook dando razones para odiarla. Hoy suma cinco mil fans y no ha sido eliminada por Facebook pese a los esfuerzos de la madre de Romina.
“Llamé a la mamá de Cleopatra y lo que recibí fueron insultos. Intenté hacer la denuncia en la comisaría, me derivaron a la fiscalía y como no podían hacer nada, porque se trataba de una menor, me sugirieron el INADI. Nadie me respondió, por eso hice público el caso”, denuncia.
“Romi no durmió tres noches seguidas, todo esto le hizo muy mal. Se obsesionó tanto que tuve que eliminar su perfil. No entiendo como una nena de 10 años puede hacer tanto daño”, añade.
Claudio Morgado, director del INADI, anunció la creación de un Observatorio de Redes Sociales a raíz del caso Perrone y otras denuncias.
Según Morgado no pretenden censurar los contenidos de las redes sociales, pero que existe un límite a la libertad de expresión y es cuando se vulneran los derechos de otros ciudadanos, reconocidos en las leyes.
El ciberacoso puede involucrar o no un acto de discriminación, y por tanto el INADI valorará en cada caso si actuar o no.